miércoles, 29 de septiembre de 2021

La desconexión judicial

 Joaquín Mª Aguirre (UCM)


Si teníamos ya conflicto para entender las decisiones de la Justicia, se vuelve a poner en candelero el tema de los vídeos grabados a las mujeres que orinaban en la calle a falta de otros sitios donde hacerlo durante unas fiestas populares en una localidad gallega. El mismo juez lo ha vuelto a desestimar.

Recordemos el caso, que ya tratamos en su primera aparición, que se produjo cuando aquellas mujeres que habían tenido que ir a orinar a un callejón durante las noches de fiestas descubrieron que lo habían hecho en un espacio trucado, lleno de cámaras ocultas destinadas a grabarlas e identificarlas. Los vídeos grabados fueron subidos a diversas webs de carácter pornográfico, algunas de ellas de pago. El juez, como decimos ha vuelto a establecer que no cree que haya delito y ha desestimado las demandas presentadas.

En Antena3 vemos los detalles del caso: 

El titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Viveiro argumenta en el auto que los hechos denunciados no constituyen un delito contra la intimidad o el derecho a la propia imagen porque las imágenes se obtuvieron en la vía pública, así que deberían ser tratados por la vía civil y no por la penal.

Asimismo, el magistrado rechaza que las grabaciones supongan un delito contra la integridad moral, ya que "no se aprecia el ánimo tendencial de quebrantar la resistencia física y moral" de las mujeres que fueron filmadas mientras hacían sus necesidades durante las fiestas de A Maruxaina del año 2019.

Así las cosas, el juez instructor se reafirma en la decisión dictada hace seis meses y acuerda el sobreseimiento provisional de la denuncia. Ahora, el colectivo denunciante espera ahora a la decisión de la Audiencia Provincial de Lugo, que debe resolver un recurso de apelación.

La Fiscalía, por su parte, discrepa del criterio del juez instructor. El ministerio público aprecia "falta de acierto" en la interpretación de los hechos y cree que hay un delito contra la intimidad. Estima además que "alternativamente" puede existir también otro delito contra la integridad moral de las víctimas.* 



De nuevo —hace unos días veíamos aquí otro caso de justicia inexplicable, el de la maltratadora que se deprimió cuando le recriminaron su conducta— la Justicia nos sorprende. Entiendo claramente que cada día habrá en España decenas de miles de casos resueltos de buena manera, es decir, de forma "comprensible" para el común de los mortales, que estas sentencias o decisiones tirando a raras deben ser las excepciones, que no es posible que todo sea así.

No es posible lo que se nos cuenta de los "okupas", de los juerguistas clandestinos que llevan al banquillo a los policías que entraron en su casa durante una fiesta ilegal negándose a abrir la puerta, casos como el de la consideración de enfermedad laboral al reprender a una mala compañera del trabajo de la que todos se quejaban. Y ahora llega esto de las grabaciones en los espacios públicos.

Dice el texto que el fiscal "discrepa" de los criterios. ¡Lo raro sería coincidir con el juez que dice estas cosas! El derecho es complicado cuando no tiene la flexibilidad del sentido común y se establece desde lecturas rígidas de la ley. Esto no es "estado de derecho", sino un derecho esclerótico, con dolor de cuello, incapaz de comprender todo aquello que expresado en las leyes. Pero, como muchas otras cosas, depende de cómo se considere que el orden y la prioridad. Por ejemplo, podrían dar una medalla a los que grabaron las imágenes si hubieran dicho que tenían un sentido de "denuncia" por haber orinado en la vía pública, algo que está prohibido. Pero entonces vienen los debates sobre dónde van los bueyes, que es lo que va delante y qué es lo que va detrás.



Para el señor juez, es el uso del espacio público lo que determina la legalidad de la grabación, pero es mucho más dudoso que se puedan suministrar esas imágenes a web de carácter pornográfico y obtener lucro con ello. Responderá que esas imágenes se pueden utilizar libremente —como parte de un documental, por ejemplo— porque son los grabados los que debe limitar sus actos en público. Todo eso se entiende, sí. Pero lo que no se entiende es el reduccionismo de la ley, su incapacidad para realizar una lectura más compleja de las intenciones de hacer daño a otras personas, en este caso, todas mujeres, lo que implica ya un cierto sesgo y una voluntad de hacer daño.

Es sorprendente que sigamos viendo este tipo de aplicación de las leyes, estos criterios que nadie entiende y dispares según el lugar o el día. 

La independencia judicial se convierte en la desconexión judicial, en distanciamiento de lo que el resto de los mortales creen o piensan sobre la convivencia. Mucho me temo que la Justicia se ha convertido en un cuerpo desconectado de la sociedad a la que debe servir y proteger de sí misma. Pero que se dé alas a las grabaciones con la intención de humillar, algo que podría dar lugar a acciones contra la propia vida como consecuencia de las ya denunciadas depresiones psíquicas, no se entiende.

Y una Justicia que no se entiende no se percibe como "justicia" por muy "legal" que sea, lo que acarrea cierta duda por parte de la ciudadanía especialmente aquella decidida a experimentar y llegar al límite que ve que puede hacer lo que quiera en las calles o en privado. No son buenas todas estas noticias; no ayudan a mejorar la ciudadanía ni a mejorar nuestro sentido de lo justo ni, por supuesto, a confiar en la Justicia.



 * "Un juez vuelve a fallar que grabar imágenes íntimas de mujeres en la calle y subirlas a webs porno no es delito" Antena 3 Noticias 28/09/2021 https://www.antena3.com/noticias/sociedad/juez-vuelve-fallar-que-grabar-imagenes-intimas-mujeres-calle-subirlas-webs-porno-delito_202109286152c1156cca8700017f68af.html

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