Joaquín Mª Aguirre (UCM)
Mal comienza el portavoz del Duque de Palma a este lado del
Atlántico. Se ha metido, me imagino que sin calentamiento, recién bajado de la
moto —según nos cuenta el entrevistador—, en una reflexión que podemos calificar
como poco meditada.
Comenta la declaración realizada por otro portavoz, el de Zarzuela:
“No quiero entrar en una guerra
de portavoces, pero la ejemplaridad o no de las conductas no debe ser objeto de
opinión por parte de nadie. El grado de ejemplaridad, en todo caso, viene
marcado por la ley, y quiero recordar que Iñaki Urdangarín no está imputado en
esta causa”.*
Se equivoca al completo porque si hay algo que es objeto de
opinión es la ejemplaridad. Confunde el letrado lo que es la ejemplaridad con
la imputación o la culpabilidad, que son momento y ámbitos distintos. Alguien
puede ser ejemplarmente culpable, para bien o para mal. Dominique Strauss-Kahn
ha sido absuelto, pero su conducta en modo alguno se puede considerar ejemplar, como ha señalado la opinión pública francesa a través de múltiples
maneras. No conozco ningún juez que haya dictado una sentencia sobre ejemplaridad,
más allá de la observación. Hay sentencias, en cambio, ejemplares, pero no jurídicamente hablando, sino por lo que tienen de ejemplo para otros. Conozco personas que han sido condenadas por
infringir la ley, pero cuyas acciones han sido alabadas como ejemplares por las
sociedades.
La ejemplaridad es un reconocimiento por parte de los demás.
No realizamos “acciones ejemplares”, sino que los demás las reconocen como
tales, es decir, dignas de ser imitadas. Inaki Urdangarín fue ejemplar, sin que lo dijera la ley, como deportista. No creo que las acciones del Duque de
Palma sean ejemplares para nadie, más que en un sentido negativo,en lo reprobable, otro término que implica la opinión ajena sobre lo que no se debe hacer.
Solo alguien que tiene pocos argumentos se mete en un berenjenal
así. En vez de dedicarse a tratar de
suavizar la opinión, les niega a los demás el derecho a tenerla no sobre la culpabilidad, sino sobre la ejemplaridad. Considerar
que alguien no ha actuado ejemplarmente, no significa decir que sea culpable,
solo que no nos gusta lo que ha hecho y no seguiríamos su ejemplo. Serán los
tribunales, las leyes, los que tengan que decidir si el comportamiento, además
de ser poco ejemplar, es además delictivo.
Esperamos que den una sentencia, en su caso, que además de
justa, sea ejemplar. Es decir, que evite que se despierte el deseo de repetir
esos comportamientos mediante el mal ejemplo dado. Se le impute o no; se le condene o no. El comportamiento, con todo derecho, no nos parece ejemplar. Hay presunción de inocencia, no presunción de ejemplaridad.
El portavoz necesita un portavoz.
* “El portavoz del Duque de Palma lamenta las críticas de
Zarzuela” El País 13/12/2011 http://politica.elpais.com/politica/2011/12/12/actualidad/1323720766_537273.html
Persona ejemplar que fue juzgada, condenada y encarcelada de forma poco ejemplar |
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