martes, 13 de diciembre de 2011

Sobre la ejemplaridad


Joaquín Mª Aguirre (UCM)
Mal comienza el portavoz del Duque de Palma a este lado del Atlántico. Se ha metido, me imagino que sin calentamiento, recién bajado de la moto —según nos cuenta el entrevistador—, en una reflexión que podemos calificar como poco meditada.
Comenta la declaración realizada por otro portavoz, el de Zarzuela:

“No quiero entrar en una guerra de portavoces, pero la ejemplaridad o no de las conductas no debe ser objeto de opinión por parte de nadie. El grado de ejemplaridad, en todo caso, viene marcado por la ley, y quiero recordar que Iñaki Urdangarín no está imputado en esta causa”.*

Se equivoca al completo porque si hay algo que es objeto de opinión es la ejemplaridad. Confunde el letrado lo que es la ejemplaridad con la imputación o la culpabilidad, que son momento y ámbitos distintos. Alguien puede ser ejemplarmente culpable, para bien o para mal. Dominique Strauss-Kahn ha sido absuelto, pero su conducta en modo alguno se puede considerar ejemplar, como ha señalado la opinión pública francesa a través de múltiples maneras. No conozco ningún juez que haya dictado una sentencia sobre ejemplaridad, más allá de la observación. Hay sentencias, en cambio, ejemplares, pero no jurídicamente hablando, sino por lo que tienen de ejemplo para otros. Conozco personas que han sido condenadas por infringir la ley, pero cuyas acciones han sido alabadas como ejemplares por las sociedades.
La ejemplaridad es un reconocimiento por parte de los demás. No realizamos “acciones ejemplares”, sino que los demás las reconocen como tales, es decir, dignas de ser imitadas. Inaki Urdangarín fue ejemplar, sin que lo dijera la ley, como deportista. No creo que las acciones del Duque de Palma sean ejemplares para nadie, más que en un sentido negativo,en lo reprobable, otro término que implica la opinión ajena sobre lo que no se debe hacer.
Solo alguien que tiene pocos argumentos se mete en un berenjenal así. En vez de dedicarse a  tratar de suavizar la opinión, les niega a los demás el derecho a tenerla no sobre la culpabilidad, sino sobre la ejemplaridad. Considerar que alguien no ha actuado ejemplarmente, no significa decir que sea culpable, solo que no nos gusta lo que ha hecho y no seguiríamos su ejemplo. Serán los tribunales, las leyes, los que tengan que decidir si el comportamiento, además de ser poco ejemplar, es además delictivo.
Esperamos que den una sentencia, en su caso, que además de justa, sea ejemplar. Es decir, que evite que se despierte el deseo de repetir esos comportamientos mediante el mal ejemplo dado. Se le impute o no; se le condene o no. El comportamiento, con todo derecho, no nos parece ejemplar. Hay presunción de inocencia, no presunción de ejemplaridad. 
El portavoz necesita un portavoz.

* “El portavoz del Duque de Palma lamenta las críticas de Zarzuela” El País 13/12/2011 http://politica.elpais.com/politica/2011/12/12/actualidad/1323720766_537273.html

Persona ejemplar que fue juzgada, condenada y encarcelada de forma poco ejemplar

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